Enter the content which will be displayed in sticky bar
Aunarsi
  • Inicio
  • Acerca de
  • Servicios
    • Nuestros servicios
    • Control de plagas
    • Limpieza de tanques
    • Preguntas frecuentes
  • Clientes
  • Blog
  • Enlaces
  • Contacto
  • Inicio
  • Acerca de
  • Servicios
    • Nuestros servicios
    • Control de plagas
    • Limpieza de tanques
    • Preguntas frecuentes
  • Clientes
  • Blog
  • Enlaces
  • Contacto

Blog

Aunarsi > Blog > Desinfecciones > Control de plagas: es obligatorio cada 30 días
c2071050Desinfecciones, Desratizaciones, Fumigaciones, Plagas domésticas23 octubre, 20150 Likes

Control de plagas: es obligatorio cada 30 días

control de plagas, por Aunaer

Los insectos y roedores conviven con los seres humanos, pues en su ambiente encuentran refugio y comida. Como transmiten numerosas enfermedades y causan graves daños económicos, son considerados plagas. Cuando la situación es controlada a tiempo, es suficiente con realizar tareas de control de plagas cada 30 días.

Sin embargo, si la infestación fuera muy abundante, será necesario reforzar el tratamiento con mayor frecuencia. Muchas veces, se deberán implementar diferentes medidas para que el control de plagas sea efectivo: alternancia de venenos, diferentes formas de aplicación, etc.

Si bien ya había normas al respecto, recientemente la Agencia de Protección Ambiental del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires ha establecido que en los edificios de propiedad horizontal, establecimientos públicos y privados, se deben llevar a cabo tareas de Control de Plagas cada 30 días.

Estas tareas deberán estar certificadas mediante la Oblea que emitirá la empresa que las realiza, la que deberá estar habilitada por la misma Agencia.

La norma fue publicada en el Boletín Oficial del Gobierno de CABA del viernes 16 de octubre de 2015, mediante la Disposición N° 705/DGCONT/15.

Asimismo, se establece que la falta del Certificado mencionado por parte de los consorcistas, administrados, titulares y/o explotadores comerciales de los establecimientos, será considerada falta grave y pasible de sanciones administrativas. La Dirección General de Control Ambiental merituará la irregularidad a fin de evaluar la sanción que corresponda.

Nuestra empresa está registrada en el Gobierno de CABA bajo el N° 820, además de contar con amplia experiencia en todo lo inherente a control de plagas urbanas.

 

Download as PDF
Etiquetas: Cucarachas, Roedores

Share This Post!

  • Google+
  • Facebook
  • Twitter
  • Reddit
  • LinkedIn
  • Tumblr
  • Pinterest
  • StumbleUpon
  • Email

You might also like

  • Roedores: hay más durante la cuarentena? - 17 abril, 2020
  • Fumigar en tiempo de coronavirus - 13 abril, 2020
  • Cucarachas: lo que hay que saber - 12 noviembre, 2018
  • Fumigaciones: cuándo es obligatorio y cuándo es necesario? - 6 septiembre, 2018

Mosquitos: se acerca la peor época

Insectos comestibles: moda pasajera o solución?

Etiquetas

Abejas Acaros Agua potable Agua segura alacranes Arañas avispas chicungunya Chikungunya Chinches Control biológico de plagas control de plagas Cucarachas Dengue Ebola Escarabajos Escorpiones Garrapatas Gorgojos Hormigas Insectos Insectos benéficos insectos comestibles Lagartijas Leishmaniosis Mal de Chagas Mal de Chagas; vinchucas Mariposas moscas Mosquitos Murciélagos Orugas Palomas picaduras de insectos Piojos plagas domésticas Polillas Pulgas Pulgones Ratas Ratones Roedores Termitas Vinchuca Zika
Creado por Acrosoma.net
Powered by Acrosoma.net