Cuidando el agua que bebemos, cuidamos nuestra salud
La Ordenanza 45593/91 del Gobierno de la CABA establece la obligatoriedad de limpieza semestral de los tanques de agua destinada a consumo humano en aquellos inmuebles que consten de más de una unidad de vivienda. Es responsabilidad del Administrador hacer que se cumpla con esa obligatoriedad.
Pero, qué sucede cuando los consorcios no cuentan con administrador? Y cuando se trata de viviendas únicas?
Aunque no existe la obligatoriedad de proceder a la limpieza y desinfección del tanque de agua, es conveniente realizar esta tarea al menos una vez al año, salvo que hayamos detectado alguna anomalía (el tanque está rajado, se voló la tapa, etc.), en cuyo caso habrá que proceder inmediatamente.
Si Ud. está construyendo una vivienda, tenemos algunas recomendaciones relacionadas con el tanque de agua:
- Antes de adquirirlo, asesósere acerca de cuál es más conveniente para sus necesidades. Los hay de acero inoxidable, de material y de plástico; estos últimos vienen con varias capas, que permiten preservar el agua en mejor estado.
- Vea que el tanque esté colocado en un lugar de fácil acceso, de modo tal que llegado el momento de limpiarlo se pueda concretar la tarea.
- Verifique que el tanque cuente con una llave de paso que permita cortar el ingreso de agua de la red, y una canilla que permita su vaciado. De ese modo, una vez desagotado, se podrá proceder a su limpieza.
Etiquetas: Agua segura
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